Riesgos específicos en herbolario y dietética

Normativa aplicable

El herbolario aplica el Reglamento (CE) 852/2004 y, de forma destacada, el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria, el Reglamento (CE) 1924/2006 de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, y el Real Decreto 1487/2009 sobre complementos alimenticios.

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Preguntas frecuentes

No. La normativa prohíbe atribuir propiedades curativas a los alimentos y complementos; solo se pueden usar las declaraciones nutricionales y de salud autorizadas.
Sí. La información de alérgenos es obligatoria también para productos sin envasar, como frutos secos o infusiones a granel.
Sí, si manipulas alimentos o productos a granel. Es el carnet de manipulador de alimentos general aplicado a este sector.

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